Seguro de impago de alquiler

Seguro de impago de alquiler

Encuentra todos los puntos que puedan interesarte para entender a la perfección este tipo de seguro

Tener un bien inmueble en propiedad, como podría ser un piso o una casa, es un seguro y una garantía a corto, a medio y a largo plazo porque aporta varias opciones. El propietario puede establecer ese bien como su vivienda habitual, puede esperar el momento adecuado para venderlo o alquilarlo y obtener un beneficio.

La alternativa de alquilar la vivienda es muy interesante porque obtenemos un rendimiento económico mensual, la vez que se mantiene la propiedad. Es muy recomendable tener un seguro de hogar y aparte en el caso de alquiler tener un seguro de impago de alquiler que proteja al propietario de circunstancias que se puedan dar con el inquilino y que terminen ocasionando un perjuicio grave, tanto al propietario como al propio inmueble.

¿Qué es un seguro de impago de alquiler?

La función principal del seguro de impago de alquiler es proteger al Propietario del inmueble de los posibles impagos mensuales que puedan hacer los inquilinos / arrendatarios. Este seguro cubre esos impagos mensuales, el número de coutas impagadas que cubre, se establece en las condiciones particulares la póliza contratada.

Además de cubrir las cuotas impagadas por el inquilino, la contratación de este seguro aporta otras ventajas. Una de las más importantes es la defensa jurídica, cobertura por la cual la compañía aseguradora podrá reclamar judicialmente las cuotas impagadas al inquilino. En primera instancia la compañía intentará iniciar la reclamación por vía amistosa con la finalidad de acotar plazos y costes. Si dicha vía no fuese posible, realizarían las diligencias oportunas para comenzar el procedimiento judicial, sin coste ninguno para el propietario de la vivienda.

Requisitos que hay que cumplir para un seguro de impago de alquiler

Antes de firmar un contrato de seguro de impago del alquiler, la compañía realizará un Scoring del futuro inquilino, sin coste alguno para el propietario, totalmente gratuito. Para poder realizar dicho estudio la aseguradora exige una serie de requisitos que debe cumplir el futuro inquilino.

Dicho scoring/estudio se basa en la  viabilidad o solvencia económica que ofrece el inquilino. Para ello, analizan diferentes aspectos como: El contrato laboral actual, el importe de sus nóminas y si el inquilino se encuentra bajo algun fichero de solvencia patrimonial. El importe del alquiler NO debe superar el 40% de los ingresos del inquilino, mensuales, de ser asi es muy probable que la compañía se niegue a admitir a dichos inquilinos en una poliza de estas caracteristica.

También se puede dar el caso de que las aseguradoras exijan una vida laboral del inquilino o sus últimas declaraciones de la renta, aunque estos dos requisitos son muy excepcionales. Si el inquilino es autónomo, la aseguradora solicitará sus declaraciones de IVA, su declaración de la renta o sus facturas. Hay que tener en cuenta que en el caso de los trabajadores por cuenta propia las compañías suelen ser más exigentes.

También se puede realizar este tipo de seguros a futuros inquilinos, que sean jubilados o que perciban cualquier tipo de pensión.

Preguntas Frecuentes

¿Quién paga el seguro de impago de alquiler?

El propietario de la vivienda es quien suelen tener la necesidad de contratar este seguro. Por lo tanto, es quien figurará como tomador y se tendrá que hacer cargo del abono del seguro. Aún a pesar de que esto supone un gasto extra al propietario, la contratación de este tipo de seguros o de un seguro de hogar es toda una garantía, ya que evitará futuros imprevistos frente al impagos de los inquilino, y así no verá afectado sus ingresos mensuales sobre el beneficio del alquiler.

¿Qué hacer si un inquilino no paga el alquiler?

En caso de que se produzca esta situación, la primera recomendación es intentar llegar a un acuerdo amistoso con el inquilino notificándole la situación de forma verbal y de forma escrita a través de un burofax. También se puede ir a un procedimiento judicial de desahucio o no devolver la fianza.

Otras opciones son la solicitud de una garantía adicional que se basa en la petición de dos meses de renta por adelantado antes de firmar el contrato, aunque es probable que el inquilino no acepte esta condición, ya que supone un desembolso económico elevado. También existe la opción de pedir un aval personal y privado, un procedimiento que, al igual que el anterior, se haría antes de la firma del contrato.

Proteger tu vivienda es fundamental y además del seguro de impago del alquiler, existen otras polizas con otro tipo de coberturas interesantes. Una de ellas es el seguro de hogar de Telefónica Correduría de Seguros que cubre aspectos como los daños en la vivienda o los desperfectos que puedan sufrir los objetos que se encuentran en su interior, así como el robo, los daños a terceros o la responsabilidad civil. Toda una garantía para tener tu bien inmueble cubierto ante cualquier incidente.