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    Seguros de Vida

    La tranquilidad que necesitas para tu familia y su bienestar.

Seguros de Vida

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¿Qué cubre un seguro de vida y qué ventajas tiene?

Aunque el seguro de vida no es obligatorio, hay que tener en cuenta que los imprevistos a veces ocurren y es importante proteger a la familia y garantizar su estabilidad económica en caso de infortunio.

En caso de accidente, gracias a tu seguro de vida, obtendrás una cobertura de incapacidad permanente absoluta y podrás garantizar el bienestar económico de tu familia. En definitiva, estarás cubierto ante cualquier riesgo que puedas asumir. Estas son las principales coberturas sea cual sea la compañía con la que tengas tu seguro:

  • Seguro de Vida Fallecimiento o invalidez

    Fallecimiento o invalidez

    provocado por un accidente de tráfico

  • Invalidez Absoluta Seguro de Vida

    Invalidez absoluta (total) y permanente

    provocada por accidente

  • Seguro de Vida Telefónica Correduría

    Invalidez absoluta (total) y permanente

    Protege tu futuro

  • Seguro de Vida Seguros Telefónica

    Fallecimiento

    por accidente

  • Seguro de Vida Correduría Telefónica

    Fallecimiento

    por cualquier tipo de causa

    ¿Qué tipos de seguro de vida existen?

    Hoy en día existen muchas opciones para contratar tu seguro de vida. Puedes adaptar tu póliza a tu estilo de vida y tus circunstancias. A continuación, te contamos cada tipo de seguro que puedes contratar:

    Seguros de Vida Riesgo o Fallecimiento

    Este tipo de seguro es el llamado Vida Riesgo, cuya cobertura se caracteriza porque es el beneficiario de la póliza quien recibe el capital, que se haya estipulado previamente en el contrato, cuando el tomador de la misma fallezca. Esto sucederá, siempre y cuando, el plazo de finalización de la póliza no haya vencido.

    Es importante destacar que, en este tipo de seguro, el tomador y el beneficiario nen ningún caso podrán ser la misma persona.

    Esta póliza, a su vez, podrás contratarla en dos modalidades:

    Póliza de Vida Temporal: Cubren al asegurado el riesgo de fallecimiento durante un tiempo concreto, el que se haya estipulado en la póliza. Se suele utilizar para proteger a familias de obligaciones como por ejemplo los pagos hipotecarios o la cancelación de deudas.

    Póliza de Vida Entera: Se trata del seguro de vida más completo, puesto que es un contrato permanente y sin plazos. El acuerdo consiste en el pago del capital estipulado en la póliza, justo después del fallecimiento del asegurado, independiente de cuando tenga lugar.

    Coberturas Complementarias para completar tu póliza de Vida

    Doble Capital: Otra posibilidad es multiplicar el capital asegurado x2, en el caso de que la muerte se produzca de forma accidental, abonando una indemnización doble.

    Pólizas de Vida Triple Capital: Este tipo de pólizas multiplican el capital asegurado x3. En caso de que el asegurado fallezca en un accidente de tráfico, los beneficiarios obtendrán el capital correspondiente al seguro de vida, una indemnización adicional por accidente por fallecimiento accidental y una tercera indemnización por el accidente de tráfico.

    Invalidez Permanente Absoluta: Si al tomador se le concede una Invalidez Permanente Absoluta, la aseguradora indemnizará de forma anticipada todo el capital de una sola vez

    Coberturas adicionales del Seguro de Vida

    Además de las coberturas complementarias, también tienes la posibilidad de contratar otras coberturas adicionales:

    Anticipo del capital por enfermedad: Con esta cobertura, tienes la posibilidad de pedir un anticipo de parte del capital o de su totalidad si te diagnostican una enfermedad grave o algún problema de salud importante. En este caso, la aseguradora abonará parte del capital o su totalidad, dependiendo de las condiciones de la póliza contratada.

    Otras garantías adicionales: Este tipo de garantías son interesantes para utilizar mientras estés vivo, estas garantías son: asesoramiento médico y nutricional, una segunda opinión médica, orientación psicológica y servicios de información jurídica, entre otras.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un seguro de vida?

    Una póliza de vida se trata de un contrato con la compañía aseguradora que garantiza el pago de un capital tras la muerte del asegurado.

    ¿Qué cubre y qué no cubre un seguro de vida?

    Cubre el fallecimiento del asegurado por cualquier causa. Sin embargo, no cubrirá suicidios, actos imprudentes del asegurado y/o asesinato en manos de un beneficiario.

    ¿Es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca?

    No, aunque es recomendable ya que, en caso de accidente, no cargarás a nadie con la deuda.

    ¿Hay que pasar un reconocimiento médico para contratar un seguro de vida?

    No, por lo general, en este caso, las aseguradoras no te pedirán un reconocimiento médico.

    ¿Puedo cambiar a los beneficiarios de la póliza?

    Sí, pueden cambiarse tantas veces como quieras, pero siempre comunicándoselo a la aseguradora. Lo que no se permitirá serán cambios mediante testamentos.

    ¿Quién será el beneficiario de mi seguro de vida?

    Aquellos que sean designados en la póliza, son los llamados beneficiarios legales. En caso de que no se designen beneficiarios en la póliza, el capital pasará a formar parte del patrimonio del tomador.

    ¿Este seguro cubre enfermedades?

    No, solo cubre la indemnización por fallecimiento del asegurado o la invalidez permanente absoluta en caso de tenerlo contratado.

    ¿Cuánto capital debo asegurar?

    Debes tener en cuenta que el capital debe ser el necesario para cubrir las deudas y un pequeño extra para garantizar el bienestar de tu familia. Por norma general, se calcula multiplicando por cinco el salario neto anual.

    ¿Existe edad máxima y mínima para contratar un seguro de vida?

    Generalmente, la edad mínima son 14 años y la edad máxima para contratar un seguro de vida son los 65 años, mientras que la permanencia dependerá de la compañía aseguradora.

    Ellos confían en nosotros, ¿y tú?